COMPAÑIAS DE SEGUROS, SOCIEDADES ANONIMAS Y BOLSAS DE COMERCIO
Article 8Traspásanse al ítem 06/09/08/b/, los saldos
In force · version of Apr 1, 2027
Art. 8°. Traspásanse al ítem 06/09/08/b/, los saldos existentes el día primero de Marzo próximo de los ítem 06/05/01 y 06/05/04/ del Presupuesto vigente del Ministerio de Hacienda. El mayor gasto que importe el cumplimiento de esta Ley en el curso del año, se imputará a la mayor entrada que produzca la partida C. 41 b), del Presupuesto vigente.