Decreto con fuerza de ley N.o 178
Article 262Para los efectos de este Título se entiende
This law no longer applies (Repealed).
Art. 262. Para los efectos de este Título se entiende por salario la remuneración efectiva que gana el accidentado, en dinero o en otra forma ya sea por trabajos a destajo, por horas extraordinarias, por gratificaciones, participación en los beneficios o cualquiera retribución accesoria que tenga un carácter normal en la industria o servicio.