LEY ORGANICA DEL CONSEJO DE DEFENSA FISCAL
Article 20Los abogados del Consejo, los Abogados-Procuradores y los abogados auxiliares que se retiren del servicio no podrán patrocinar en juicio, intereses contrapuestos al interés fiscal
In force · version of May 29, 1931
Art. 20. Los abogados del Consejo, los Abogados-Procuradores y los abogados auxiliares que se retiren del servicio no podrán patrocinar en juicio, intereses contrapuestos al interés fiscal.