Article 2o Suprímese a partir del primero de Mayo del presente año, los cargos consultados en el artículo 2
In force · version of May 29, 1931
Art. 2.o Suprímese a partir del primero de Mayo del presente año, los cargos consultados en el artículo 2.o del decreto con fuerza de ley número 60, de 23 de Marzo último, con excepción de los siguientes, que continuarán vigentes en la Dirección General de Impuestos Internos: 1 Agrimensor, grado 10°______________________ $ 18,000 1 Agrimensor, grado 13°______________________ 12,000