Decreto con fuerza de Ley N.o 222
Article 10
In force · version of May 30, 1931
Art. 10. Mientras se forma el personal consultado en el decreto-ley número 143, de 11 de Julio de 1930, los servicios aéreos interiores de la Línea Aérea Nacional serán servidos por personal enviado en comisión de la Fuerza Aérea Nacional.