Decreto con fuerza de Ley N.o 222
Article 7
In force · version of May 30, 1931
Art. 7.o La Línea Aérea Nacional estará obligada a recibir en comisión a aquellos oficiales que sean destinados por la Fuerza Aérea Nacional a servir en la Aviación Comercial, en virtud del artículo 15, acápite e) del Título III del decreto-ley número 142, del 11 de Julio de 1930.