Decreto con fuerza de ley número 241
Article 2El domicilio de la Empresa será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales que correspondan a las sucursales que se establezcan en otras ciudades del país
In force · version of May 30, 1931
Art. 2°. El domicilio de la Empresa será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales que correspondan a las sucursales que se establezcan en otras ciudades del país.