Article 3o Esta ley empezará a regir desde su publicación en el Diario Oficial
In force · version of May 30, 1931
Art. 3.o Esta ley empezará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.
In force · version of May 30, 1931
Art. 3.o Esta ley empezará a regir desde su publicación en el Diario Oficial.