Article 1
Artículo 1.o Traspásanse los siguientes cargos de la Planta Suplementaria del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, ítem 10-01-12, b) Personal Administrativo, a la Planta Suplementaria Unica dependiente del Ministerio de Hacienda, ítem 06-01-12, Tesorería General de la República: 2 Dos Oficiales 3.o _ _ _ Grado 12.o.
Article 2
Artículo 2.o El siguiente personal del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina, Planta Suplmentaria, pasará a formar parte de la Tesorería General de la República, Planta Suplementaria Unica dependiente del Ministerio de Hacienda, con los sueldos actuales que se indican: Oficial 3.o. Grado 12.o. Señor Jorge Mendoza Espinoza. Goza del sueldo superior Grado 10.o y 3 quinquenios en conformidad a la ley N.o 9,647, y sus modificaciones. Oficial 3.o. Grado 12.o. Señor Rosauro Reyes Varas. Goza del sueldo superior Grado 10.o. y 2 quinquenios en conformidad a la ley N.o 9,647 y sus modificaciones.
Article 3o Durante el presente año los emolumentos de los citados servidores seguirán pagándose por el Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina
Artículo 3.o Durante el presente año los emolumentos de los citados servidores seguirán pagándose por el Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina. A contar desde el 1.o de Enero de 1954, estos cargos serán dados de baja del Presupuesto Subsecretaría de Marina, e incluídos en el Presupuesto de Hacienda, Planta Suplementaria.
Article 4o Este personal seguirá afecto al régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional
Artículo 4.o Este personal seguirá afecto al régimen de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional.