🇨🇱 Chile
DFL 72 units
FIJA EL ESTATUTO ORGANICO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
DFL 287cl-legislative-decree-1953-08-04-287Apr 6, 1960
- Article
- Article 2
- Article
- Article
- Article
- Article 6 o
- Article
- Article 8 o Corresponderá a la Dirección Política:
- Article
- Article 10 Corresponde a la Dirección Económica:
- Article
- Article 12 Corresponde a la Dirección Administrativa:
- Article
- Article 14 Corresponde a los Asesores:
- Article
- Article
- Article 17
- Article 18
- Article 19
- Article 20 Los alumnos de la Escuela podrán practicar en el Ministerio de Relaciones Exteriores, de manera que no perjudiquen sus estudios
- Article
- Article 22
- Article 23
- Article 24
- Article 25
- Article
- Article 27 No se podrá ingresar al Servicio Exterior por permuta, sin haber cumplido con los requisitos del artículo anterior
- Article 28
- Article 29 Existirá una Comisión Calificadora con funciones permanentes, integrada por el Subsecretario que la presidirá, por el Asesor Jurídico y por los Directores Político, Económico y Administrativo
- Article 30
- Article 31 Para los funcionarios que presten servicios en el país, se considerarán, además, los siguientes rubros:
- Article 32 Para los funcionarios que presten servicios en el exterior, se considerarán, además, los siguientes rubros:
- Article 33 Los funcionarios que obtengan menos de 50 puntos, en ningún caso podrán servir en el exterior y deberán permanecer en el Ministerio hasta por dos calificaciones anuales
- Article 34
- Article 35
- Article 36 Los ascensos hasta el grado de Consejero, se harán en relación de cinco por mérito y uno por antigüedad
- Article 37 Los funcionarios que hayan ascendido por mérito no podrán tener otro ascenso de igual carácter hasta pasadas dos calificaciones; pero podrán ascender, si les corresponde, por antigüedad
- Article 38 En caso de igualdad de mérito, corresponderá ascender al funcionario que tenga más años en el Servicio
- Article 39
- Article 40 La Ley de Presupuesto fijará anualmente una suma suficiente en moneda corriente para pagar a los funcionarios en disponibilidad los sueldos correspondientes a su grado o categoría
- Article
- Article 42
- Article 43 En todos los casos contemplados en el artículo 41, y cuando se trate de reuniones de una duración superior a los 3 meses, se podrá conceder pasajes para el cónyuge
- Article 44
- Article 45 Las destinaciones y traslados de funcionarios del servicio exterior, hasta el grado de Ministro Consejero, se harán anualmente sólo una vez en el primer bimestre de cada año presupuestario
- Article 46
- Article 47
- Article 48
- Article 49 Los funcionarios que se trasladen en vehículo propio al lugar de su destinación, tendrán derecho a percibir el valor correspondiente a sus pasajes por la vía más económica
- Article 50
- Article 51
- Article 52 El funcionario que regrese al país tendrá derecho al 50% de las expensas que la ley determine para los que son designados al exterior
- Article 53 Los funcionarios que reemplacen al jefe de misión en el carácter de Encargado de Negocios a
- Article 54
- Article 55
- Article
- Article 57
- Article 58
- Article 59 Cuando un funcionario del Servicio Exterior, o algún miembro de su familia que viva a sus expensas, falleciere en el extranjero, sus restos serán trasladados al país por cuenta del Gobierno
- Article 60 Los funcionarios del Servicio Exterior no podrán contraer matrimonio sin permiso del Ministerio
- Article 61
- Article 62
- Article 63
- Article 64
- Article 65
- Article 66
- Article 67
- Article
- Article 2 o En el ítem 05-02-01 de la Ley Anual de Presupuestos de la Nación, se consultarán, en moneda corriente, los siguientes cargos:
- Article 3
- Article 4 o Los funcionarios del Servicio Exterior que actualmente se encuentran en el extranjero y que no hayan cumplido con lo dispuesto en la ley N
- Article 5 o Reemplázase la letra g) del artículo 1