FIJA LAS PLANTAS PERMANENTES DE OFICIALES Y EMPLEADOS CIVILES DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE LAS SUBSECRETARIAS DEL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Article 6o Suprímese en la Planta Permanente de Empleados Civiles de la Armada, aprobada por D
In force · version of Mar 3, 1960
Artículo 6.o Suprímese en la Planta Permanente de Empleados Civiles de la Armada, aprobada por D.F.L. N.o 392 de 27/VII/953, el siguiente cargo: ------------------------------------------------------- N.o Nombre Cargo Grado 1 Alarcón Campos, R___ Mecánico Bote Salvavidas L. Este funcionario tendrá derecho a acogerse a los beneficios contemplados en el artículo 203 de la ley N.o 13.305, de 4/IV/1939; el gasto que demande el pago de las indemnizaciones, se imputará a la citada ley.