DFL 250

FUSIONA LA COMISION DE CAMBIOS INTERNACIONALES CON EL BANCO CENTRAL DE CHILE.

Article 1

Article 2o Fusiónase el organismo autónomo de derecho público, denominado "Comisión de Cambios Internacionales", creado por ley N

Article 3o En consecuencia, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 1

Article 4o Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto de Hacienda N

Article 1o transitorio

Article 2o transitorio

Article 3o transitorio