FIJA LA LEY ORGANICA DE LA DIRECCION DEL TRABAJO
Article 7o Corresponderá al Departamento Jurídico:
In force · version of Sep 29, 1967
Artículo 7.o Corresponderá al Departamento Jurídico: a) La Asesoría Jurídica de la Dirección del Trabajo, de la Junta Clasificadora de Empleados y Obreros y de las Comisiones Mixtas de Sueldos y demás organismos de su dependencia; b) Estudiar y proponer las reformas legales y reglamentarias relacionadas con la legislación social; c) Atender las relaciones con la Organización Internacional del Trabajo y demás organismos e instituciones de carácter internacional que se preocupen o tengan cuestiones sociales, y d) La divulgación de las leyes y reglamentos del trabajo, la preparación de las publicaciones del Servicio y la atención de la Biblioteca.