🇨🇱 Chile
DFL 10 units
FIJA DEPENDENCIA, ATRIBUCIONES Y LAS PLANTAS DEL PERSONAL DE LA DIRECCION DE ASUNTOS INDIGENAS
DFL 1cl-legislative-decree-1961-09-07-1Sep 7, 1961
- Article 1 o La Dirección de Asuntos Indígenas, creada en el D
- Article 2
- Article 3 o Para el cumplimiento de los fines señalados, el Director de Asuntos Indígenas podrá proponer al Ministerio el establecimiento de Oficinas en los lugares que estime conveniente
- Article 4
- Article 5 o Las Plantas de la Dirección de Asuntos Indígenas serán las siguientes:
- Article 6
- Article 7
- Article 8
- Article 9 o Los Abogados Defensores de Indígenas y el Oficial Archivero, a que se refieren los artículos 102 y 3
- Article 10 Declárase Directivo el cargo de Jefe Zonal, 7a