ESTABLECE PROCEDIMIENTOS PARA EL SANEAMIENTO DE TÍTULOS DE LA PEQUEÑA PROPIEDAD AGRÍCOLA
Article 25o
In force · version of Feb 13, 1963
Artículo 25.o.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 de la ley N.o 14.536 la persona en cuyo favor se hubiere ordenado la inscripción del inmueble, o se le hubiere adjudicado, estará obligada a servir las deudas correspondientes de regadío constituidas para con el Fisco de acuerdo con dicha ley o con leyes especiales. Todo ello sin perjuicio de que el Tribunal considere dicha deuda en el pasivo de la comunidad para los efectos de establecer las cuotas o alcances.