DISPONE LA REESTRUCTURACIÓN Y FIJA LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO
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In force · version of Apr 30, 2021
Artículo 55° La Junta Calificadora estará integrada por los Jefes de Departamentos, el representante del Personal y el Subdirector del Trabajo que la presidirá. El Reglamento Orgánico General del Servicio contendrá las disposiciones que sustituirán el actual sistema de calificaciones anuales del personal y deberá considerar, a lo menos, los siguientes aspectos: a) Funcionamiento de la Junta Calificadora y causales de inhabilitación de todos o algunos de sus miembros; b) Especificación del personal afecto al régimen de calificación, normas y factores objetivos que se tomarán en cuenta en el proceso de calificación y evaluación; c) Sistema de apelación, y d) Procedimiento a que se sujetará el sistema de calificación.