DISPONE LA REESTRUCTURACIÓN Y FIJA LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO
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In force · version of Apr 30, 2021
Artículo 59° Los funcionarios que deseen postular a un cargo superior, deberán seguir los cursos de perfeccionamiento en la Escuela Técnica del Servicio y aprobar los exámenes pertinentes. No obstante, si correspondiere proveer un cargo por ascenso y el curso no se hubiere verificado, no regirá la exigencia del inciso anterior y el cargo se proveerá de acuerdo con las disposiciones del decreto con fuerza de ley 338, de 1960, sobre Estatuto Administrativo.