FIJA PLANTA DE SERVICIOS MENORES DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO
Article 5
In force · version of Mar 7, 1973
Artículo 5º.- La aplicación de las disposiciones precedentes no podrá significar eliminación de Personal en Servicio al 12 de Mayo de 1972, pérdida de su régimen previsional cualquiera que fuere, ni los beneficios establecidos en los artículos 59º, 60º y 132º del D.F.L. Nº 338, de 1960.