FIJA ESTATUTO DEL PERSONAL DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Article 11Los Ministros Consejeros o Cónsules
In force · version of Jan 3, 2025
Artículo 11.- Los Ministros Consejeros o Cónsules Generales de Primera Clase y Consejeros o Cónsules Generales de Segunda Clase de la Planta del Servicio Exterior que fueren acreditados en el exterior, designados en cargos en el país con rango de Embajador o designados en un cargo de la exclusiva confianza por el Presidente de la República en el Ministerio, conservarán la propiedad de sus cargos en dicha planta. Cuando estos funcionarios presenten la renuncia a esos cargos, se entiende que lo hacen a su rango y distinción, pero que conservan su grado y categoría en el escalafón, a menos que en ella expresen lo contrario.