ESTATUTO DEL PERSONAL DE POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE.
Article 103Para los efectos de la aplicacion a
In force · version of Mar 11, 2025
Artículo 103°- Para los efectos de la aplicacion a Policía de Investigaciones de Chile de la Asignación contemplada en el inciso 5° del artículo 33°, del D.F.L. N° 2, de Interior, de 1968, se entiende que los equivalentes en esta institución a los Oficiales de Fila titulares del cargo de General grado 3 son los funcionarios del grado de Prefecto Inspector, de la Planta de Oficiales Policiales.