ESTATUTO DEL PERSONAL DE POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE.
Article 3El personal de trabajadores a jornal de
In force · version of Mar 11, 2025
Artículo 3°.- El personal de trabajadores a jornal de Policía de Investigaciones de Chile, se regirá por las normas del reglamento respectivo y en lo previsional por la ley N° 10.383. No le serán aplicables las disposiciones del Código del Trabajo y su legislación complementaria.