FIJA EL ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES Y DETERMINA SU PLANTA Y REGIMEN DE REMUNERACIONES
Article 2Los trabajadores de la Superintendencia
In force · version of Apr 1, 2027
Artículo 2°.- Los trabajadores de la Superintendencia serán nombrados por resolución del Superintendente y podrán serlo de planta o a contrata. Son de planta aquellos consultados en la organización estable de la Institución con carácter permanente. Son a contrata aquellos que se desempeñen transitoriamente en la organización de la Superintendencia. Podrán efectuarse designaciones a contrata por jornada parcial y, en este caso, la remuneración será proporcional a ella.