FIJA TEXTO DEL CODIGO DE AGUAS
Article 16Son derechos de ejercicio permanente los
In force · version of Mar 2, 2026
ARTICULO 16°- Son derechos de ejercicio permanente los que se otorguen con dicha calidad en fuentes de abastecimiento no agotadas, en conformidad a las disposiciones del presente Código, así como los que tengan esta calidad con anterioridad a su promulgación. Los demás son de ejercicio eventual.