FIJA TEXTO DEL CODIGO DE AGUAS
Article 192Los acuerdos o resoluciones que declaren
In force · version of Mar 2, 2026
ARTICULO 192°- Los acuerdos o resoluciones que declaren la existencia de la comunidad y fijen los derechos de los comuneros, se notificarán en la forma señalada en el artículo 188. Las demás resoluciones se notificarán en la forma ordinaria indicada en el Código de Procedimiento Civil.