FIJA TEXTO DEL CODIGO DE AGUAS
Article 22La autoridad constituirá el derecho de
In force · version of Mar 2, 2026
ARTICULO 22°- La autoridad constituirá el derecho de aprovechamiento sobre aguas existentes en fuentes naturales y en obras estatales de desarrollo del recurso, no pudiendo perjudicar ni menoscabar derechos de terceros, y considerando la relación existente entre aguas superficiales y subterráneas, en conformidad a lo establecido en el artículo 3º.