FIJA TEXTO DEL CODIGO DE AGUAS
Article 289Terminada la investigación, el delegado
In force · version of Mar 2, 2026
ARTICULO 289°- Terminada la investigación, el delegado emitirá un informe fundado. Con el mérito de este informe y de los demás antecedentes acumulados, la Dirección General de Aguas dictará una resolución declarando comprobada o no la denuncia.