FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LAS NORMAS SOBRE SISTEMA UNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SISTEMA DE SUBSIDIOS DE CESANTIA PARA LOS TRABAJADORES DE LOS SECTORES PRIVADO Y PUBLICO, CONTENIDAS EN LOS DECRETOS LEYES N°S. 307 Y 603, AMBOS DE 1974
Article 5En el caso de las personas mencionadas
In force · version of Dec 10, 2021
Artículo 5°.- En el caso de las personas mencionadas en el artículo 3°, serán requisitos comunes para causar los beneficios de asignación familiar y maternal, que éstas vivan a expensas del beneficiario que las invoque y DL 307/74 que no disfruten de una renta, cualquiera que sea su origen ART 5°) o procedencia, igual o superior al cincuenta por ciento del LEY 19073 ingreso mínimo mensual a que se refiere el inciso primero Art. 5° del artículo 4° de la ley N° 18.806. No obstante lo dispuesto en el inciso anterior, las pensiones de orfandad no se considerarán renta para deterninar dicha incompatibilidad.