FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY 34, DE 1931, QUE LEGISLA SOBRE LA INDUSTRIA PESQUERA Y SUS DERIVADOS
Article 32Corresponderá al Departamento de
In force · version of Sep 29, 2025
Artículo 32º.- Corresponderá al Departamento de Estudios y Planificación: a) Elaborar y proponer los planes estratégicos institucionales y de gestión anual, asistiendo a las subdirecciones, departamentos y direcciones regionales en la definición de indicadores y metas; b) Ejecutar el plan integral de seguimiento de planes estratégicos y de gestión, controlando el cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, en un marco de eficiencia y calidad; c) Coordinar y conducir la ejecución de los programas de mejoramiento de la gestión; d) Apoyar en los esfuerzos por promover el mejoramiento continuo de la gestión institucional; e) Efectuar análisis del entorno sectorial y de la gestión institucional a objeto proponer mejoras a los procesos; f) Analizar el desarrollo de las labores del Servicio, sus costos y productividad, para proyectar su eficiencia y eficaz funcionamiento; g) Efectuar los análisis y estudios requeridos por la Dirección Nacional para la toma de decisiones; h) Evaluar la efectividad e impacto de la normativa pesquera y acuícola; i) Proponer las cuentas anuales que el Director Nacional deba rendir; j) Analizar sistemáticamente información producida por el entorno sectorial, de modo de generar acciones oportunas y eficaces que permitan dar una adecuada respuesta institucional; k) Informar al Director Nacional sobre los productos estratégicos u operacionales que no cumplan con los requisitos que se han establecido, y l) Recibir, responder o derivar las solicitudes de atención de usuarios a través de los diferentes mecanismos de atención.