FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY 34, DE 1931, QUE LEGISLA SOBRE LA INDUSTRIA PESQUERA Y SUS DERIVADOS
Article
In force · version of Sep 29, 2025
Artículo 29º: Del Subdirector Nacional dependerán los siguientes departamentos: a) Departamento de Tecnologías de Información y Comunicaciones, y b) Departamento de Gestión de la Información, Atención de Usuarios y Estadísticas Sectoriales. Al Subdirector Nacional le corresponderá: a) Coordinar las acciones de las Subdirecciones y Direcciones Regionales; b) Administrar y coordinar los departamentos de su dependencia y recursos asignados a éstos; c) Proponer al Director Nacional las herramientas informáticas y sistemas de comunicación que permitan hacer la gestión del Servicio más eficiente; d) Proponer al Director Nacional acciones y estrategias tendientes a hacer más efectiva la recopilación de antecedentes y la atención de usuarios; e) Dirigir las comunicaciones internas y externas del Servicio, y f) Desempeñar las funciones que el Director Nacional le delegue.