FIJA TEXTO REFUNDIDO SISTEMATIZADO Y COORDINADO DE LAS DISPOSICIONES LEGALES RELATIVAS A LA DIRECCION GENERAL DEL CREDITO PRENDARIO
ArticleArtículo 44°
In force · version of Aug 19, 2022
Art. 38° DFL. Artículo 44°.- Las especies 33 de 1983. empeñadas en la Dirección General Art. 2° Ley del Crédito Prendario, no podrán 4.285 de 1928. ser reivindicadas ni retiradas de su Art. 6° letra c) poder, ni afectadas por ningún DFL. 33 de 1983. embargo, prohibición ni nulidad, sin que previamente se le satisfaga su acreencia por capital, más el interés que el Director General determine conforme al artículo 10°, letra c), de este texto, salvo los siguientes casos: 1°.- Cuando se tratare de especie de propiedad Fiscal o Municipal, y 2°.- Cuando en la recepción de la prenda no se hayan observado las prescripciones que establezca el Reglamento que sobre el particular dicte el Presidente de la República.