FIJA TEXTO REFUNDIDO, SISTEMATIZADO Y CONCORDADO DE LA LEY GENERAL DE BANCOS Y DE OTROS CUERPOS LEGALES QUE SE INDICAN
Article 4Las cooperativas de ahorro y crédito Ley 18
In force · version of Dec 17, 2025
Artículo 4º.- Las cooperativas de ahorro y crédito Ley 18.576 que, al 27 de noviembre de 1986, hayan estado sometidas a la ART. 5° fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Transit Instituciones Financieras, continuarán sujetas a ella mientras mantengan depósitos o captaciones recibidos del público o de sus socios. Serán aplicables a dichas cooperativas las disposiciones del Título I de esta ley. Sin perjuicio de lo anterior, la modificación, disolución y liquidación de estas Cooperativas quedarán sujetas a la Ley General de Cooperativas e intervendrán en dichos actos exclusivamente las autoridades que la referida ley señala.