APRUEBA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 19.420. ESTABLECE INCENTIVOS PARA EL DESARROLLO ECONOMICO DE LAS PROVINCIAS DE ARICA Y PARINACOTA, Y MODIFICA CUERPOS LEGALES QUE INDICA
Article 7Todas aquellas personas condenadas por
In force · version of Feb 24, 2020
Artículo 7°.- Todas aquellas personas condenadas por los delitos contemplados en la ley Nº20.000, que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias sicotrópicas, deberán restituir al Fisco en la forma prevista en el inciso primero del artículo 4°, las sumas de dinero equivalentes a los beneficios o franquicias que hayan obtenido en virtud de la presente ley. No obstante lo anterior, se aplicará además a dichas personas una multa equivalente al 100% del monto inicial de la franquicia. (8) Esta sanción se hará extensiva a las sociedades en las cuales los condenados tengan participación, en proporción al capital aportado o pagado por éstos.