FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.575, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE BASES GENERALES DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO
Article 35El Presidente de la República podrá Ley 18
In force · version of Jan 15, 2024
Artículo 35.- El Presidente de la República podrá Ley 18.575 delegar en forma genérica o específica la representación Art. 32º del Fisco en los jefes superiores de los servicios D.O. 05.12.1986 centralizados, para la ejecución de los actos y celebración de los contratos necesarios para el cumplimiento de los fines propios del respectivo servicio. A proposición del jefe superior, el Presidente de la República podrá delegar esa representación en otros funcionarios del servicio.