FIJA TEXTO REFUNDIDO, CONCORDADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY GENERAL DE COOPERATIVAS
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In force · version of Apr 1, 2027
Artículo 106: Los estatutos de las federaciones, Ley 19.832 confederaciones e institutos auxiliares podrán establecer ART. 1° que las entidades cooperativas que sean socias de las mismas N° 133 tendrán un número de votos en las juntas generales proporcional al número de sus afiliados, directos o indirectos, sin que ninguna de estas entidades pueda tener más de 3 ni menos de un voto.