FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO LEY Nº211, DE 1973
Article 40El Fiscal Nacional Económico podrá,
In force · version of Aug 17, 2023
Artículo 40º.- El Fiscal Nacional Económico podrá, cuando lo estime necesario, asumir, por sí o por delegado, la representación de la Fiscalía en cualquier proceso e intervenir, de igual manera, en cualquier instancia, trámite o actuación determinada ante los tribunales de justicia o autoridades administrativas o municipales. En sus escritos y actuaciones ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia y los tribunales de justicia, la Fiscalía estará exenta de los impuestos que establecen las leyes y los abogados que la representen podrán comparecer personalmente ante los Tribunales Superiores.