FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
Article 8Las viviendas ocupadas actualmente por Ley 18
In force · version of Aug 24, 2024
Artículo 8º.- Las viviendas ocupadas actualmente por Ley 18.834, funcionarios que, de acuerdo al presente Estatuto, no tengan Art. 9° derecho a utilizarlas, deberán ser restituidas en el plazo transitorio. de un año a contar de la fecha de vigencia de la presente ley. Durante dicho período, el funcionario deberá cumplir las obligaciones que le imponía la legislación bajo cuyo amparo sustenta la tenencia de la vivienda.