FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO LEY N° 2.763, DE 1979 Y DE LAS LEYES N° 18.933 Y N° 18.469.
Article 17La Red Asistencial de cada Servicio de D
In force · version of Dec 1, 2025
Artículo 17.- La Red Asistencial de cada Servicio de D.L. 2763/79 Salud estará constituida por el conjunto de Art. 16 bis establecimientos asistenciales públicos que forman parte Ley Nº 19.937 del Servicio, los establecimientos municipales de atención Art. 1º Nº 14) primaria de salud de su territorio y los demás establecimientos públicos o privados que suscriban convenio con el Servicio de Salud respectivo, conforme al artículo 2° de esta ley, los cuales deberán colaborar y complementarse entre sí para resolver de manera efectiva las necesidades de salud de la población. La Red Asistencial de cada Servicio de Salud deberá colaborar y complementarse con la de los otros Servicios de Salud, a fin de resolver adecuadamente las necesidades de salud de la población.