FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO LEY N° 2.763, DE 1979 Y DE LAS LEYES N° 18.933 Y N° 18.469.
Article 193Las Instituciones de Salud Previsional, Ley N° 20
In force · version of Dec 1, 2025
Artículo 193.- Las Instituciones de Salud Previsional, Ley N° 20.015 podrán celebrar contratos de salud con personas que no se Art. 1° 13 encuentren cotizando en un régimen previsional o sistema de pensiones. Estos contratos se regirán por las disposiciones de esta Ley en cuanto les sean aplicables y en especial por lo dispuesto en los artículos 181, 182, 183, 189, 197, 198 y 199.