FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Article 110El juez de la causa estará facultado Ley 19
In force · version of Jul 5, 2021
Artículo 110.- El juez de la causa estará facultado Ley 19.996 para ordenar, en la sentencia, que el infractor proporcione Art. único Nº 74) las informaciones que posea sobre las personas que hubiesen participado en la producción o elaboración de los productos o procedimientos materia de la infracción, y respecto de los circuitos de distribución de estos productos.