FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
Article 110Las declaraciones de pactos
In force · version of Feb 16, 2026
Artículo 110.- Las declaraciones de pactos electorales, de los subpactos que se acuerden, así como la o las comunas excluidas de los subpactos, deberán constar en un único instrumento y su entrega se formalizará en un solo acto ante el Director del Servicio Electoral, hasta las cuarenta y ocho horas antes de que comience a correr el plazo para declarar candidaturas señalado en el inciso primero del artículo 107.