FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº 18.695, ORGANICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES
Article 1El personal que preste servicios en las
In force · version of Feb 16, 2026
Artículo 1º.- El personal que preste servicios en las municipalidades continuará afecto a las normas estatutarias actualmente en vigor hasta la dictación de los preceptos a que se refiere el artículo 40 de esta ley. Asimismo, seguirán siendo aplicables a dicho personal las normas previsionales que lo rigen en la actualidad.