FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 1, DE MINERIA, DE 1982, LEY GENERAL DE SERVICIOS ELECTRICOS, EN MATERIA DE ENERGIA ELECTRICA
Article 31 bisLas dificultades que
In force · version of Feb 13, 2026
Artículo 31º bis.- Las dificultades que se susciten entre dos o más titulares de concesiones eléctricas, o entre éstos y titulares de concesiones mineras, de concesiones de energía geotérmica, de permisos de exploración de aguas subterráneas o de derechos de aprovechamiento de aguas, de concesiones administrativas o contratos especiales de operación para el aprovechamiento de sustancias no susceptibles de concesión minera conforme con el artículo 7º del Código de Minería, con ocasión de su ejercicio o con motivo de sus respectivas labores, serán sometidas a la decisión de un árbitro de los mencionados en el inciso final del artículo 223 del Código Orgánico de Tribunales. En la determinación de las costas a que el juicio dé lugar, el juez árbitro considerará como criterios para determinar si ha existido motivo plausible para litigar, entre otros, la existencia de proyectos u obras en ejecución en el área objeto de la concesión, derecho o permiso, o la realización o desarrollo de actividades relacionadas directamente con las concesiones, los derechos o permisos otorgados, que son objeto del litigio. En todo caso, no constituirá un obstáculo para el otorgamiento y ejercicio de concesiones o servidumbres eléctricas la existencia de otros derechos, permisos o concesiones constituidos en el o los predios por terceros.