FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 153, DE 1981, QUE ESTABLECE LOS ESTATUTOS DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE
Article 17El Rector de la Universidad de Chile es su
In force · version of Mar 27, 2024
Artículo 17.- El Rector de la Universidad de Chile es su máxima autoridad y su representante legal. Preside el Consejo Universitario y el Senado Universitario. Le corresponde adoptar todas las medidas conducentes a dirigir y administrar las actividades académicas, administrativas y financieras de la Universidad al más alto nivel, las que podrá delegar. Deberá ser Profesor Titular de la Universidad de Chile o una personalidad académica de una jerarquía que la Institución, a través del Consejo de Evaluación, reconozca equivalente de conformidad a lo previsto en el Reglamento contemplado en el artículo siguiente.