FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 153, DE 1981, QUE ESTABLECE LOS ESTATUTOS DE LA UNIVERSIDAD DE CHILE
Article 43Las unidades académicas podrán conformar
In force · version of Mar 27, 2024
Artículo 43º.- Las unidades académicas podrán conformar campus de administración compartida, como unidades funcionales de carácter territorial, que constituirán mecanismos e instancias de coordinación, designando un administrador común. El objetivo primordial de los campus será compartir y optimizar el uso de los recursos académicos, técnicos y administrativos de las unidades que lo integran, en procura del mejor cumplimiento de la misión institucional y en el marco de los lineamientos generales estratégicos de desarrollo emanados del Senado Universitario.