FIJA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE TURISMO
Article segundo
In force · version of Jul 9, 2018
Artículo segundo.- Los altos directivos públicos del Servicio Nacional de Turismo que estuvieren ejerciendo un cargo en esta institución a la fecha de publicación del presente decreto con fuerza de ley y que sean encasillados en la planta establecida en el artículo 1º del presente cuerpo legal, continuarán sometidos a la misma normativa que los rige.