FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY Nº18.700, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL SOBRE VOTACIONES POPULARES Y ESCRUTINIOS
Article 189
In force · version of Oct 23, 2025
Art. 189. Artículo 198.- De todas las actuaciones de la junta se Ley N°20.568, art. levantarán actas que se estamparán en un libro denominado segundo, N° 81, protocolo electoral. En ellas se indicará la fecha de la D.O. 31.01.2012 sesión, la individualización de los miembros asistentes, las materias tratadas y las resoluciones adoptadas. Estas actas serán firmadas por todos los miembros asistentes. El protocolo electoral será público y se sujetará a las reglas que rigen los registros notariales. Copia de él deberá remitirse al Servicio Electoral para su publicación en su sitio web. El protocolo se mantendrá bajo la custodia del secretario de la junta electoral.