FIJA PLANTAS DE PERSONAL DE LA DIRECCIÓN DEL TRABAJO Y REGULA OTRAS MATERIAS QUE INDICA
Article 3
In force · version of Jun 29, 2022
Artículo 3º.- Las plantas establecidas en el artículo 1 del presente decreto con fuerza de ley entrarán en vigencia a contar de su publicación en el Diario Oficial, sin perjuicio que se proveerán de acuerdo a la gradualidad que se establece en las disposiciones transitorias del mencionado decreto con fuerza de ley.