FIJA TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N° 19.039, DE PROPIEDAD INDUSTRIAL
Article 30Cuando una marca no registrada estuviera Ley N° 19
In force · version of Aug 6, 2022
Artículo 30.- Cuando una marca no registrada estuviera Ley N° 19.996 usándose por dos o más personas a la vez, el que la Artículo único N° inscribiera no podrá perseguir la responsabilidad de los 34 que continuaran usándola hasta que hayan transcurrido, a lo D.O. 11.03.2005 menos, 180 días desde la fecha de la inscripción. De igual manera, anulada una marca, el titular del Ley N° 19.996 registro que sirvió de base para pronunciar la nulidad, no Artículo único N° podrá perseguir la responsabilidad respecto del titular del 34 registro anulado hasta que hayan transcurrido, a lo menos, D.O. 11.03.2005 180 días contados desde que la sentencia respectiva quedó ejecutoriada.