Decreto 437/1969, de 27 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal.
Article 81
In force · version of Jul 12, 1980
Art. 81.
1. Los Fiscales de las Audiencias llevarán un libro en el que se anotarán las concesiones que hagan de permisos y remisión de solicitudes de licencias al Ministerio, según los casos.
2. Cuando sea trasladado un funcionario, comunicará éste al Fiscal de la Audiencia, bajo cuya jurisdicción haya de prestar sus servicios, las licencias que hubiere disfrutado en el año natural.