Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre Incendios Forestales.
Article 23
In force · version of Jul 1, 2021
Artículo 23.
Los Gobernadores civiles nombrarán a los Vigilantes honorarios de incendios, en las condiciones previstas en el capítulo IV de este título.